HUELGA LETRADOS ADMINISTRACION DE JUSTICIA

HUELGA LETRADOS ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

POSIBLE HABILITACIÓN DEL MES DE AGOSTO PARA TRATAR DE COMPENSAR LOS EFECTOS CAUSADOS POR LA HUELGA DE LETRADOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

La huelga de Letrados de la Administración que se inició el pasado 24 de enero de 2.023, ha sido finalmente desconvocada con efectos 29 de marzo, tras haber alcanzado el Ministerio de Justicia y el Comité de Huelga un acuerdo en virtud del cual tendrán una subida salarial de hasta 450 euros mensuales. Las cifras sobre suspensiones, demoras en la tramitación y en definitiva perjuicios para los administrados y profesionales no paran de crecer y es predecible que seguirán haciéndolo mientras no se ponga remedio por parte de los responsables del Ministerio de Justicia que por el momento no han considerado necesario, según se informa, ni tan siquiera reunirse con los referidos LAJ para buscar esa solución. No parece interesar. Mientras tantos somos los abogados y los procuradores los que tenemos que “dar la cara” frente a nuestros clientes, abordar la pérdida de honorarios, preparar juicios que el mismo día te suspenden, soportar el mal trato de gestores (y de los propios LAJ) que en ocasiones parecen hasta disfrutar de la situación y del perjuicio que saben que causan. Por si no fuera suficiente lo anterior resulta que ya llevamos unos días en la que se “deja oír” que “quizás” una vez unos y otros decidan solventar el problema se acuda a habilitar el mes de agosto para tratar de paliar el atasco creado.

Actualmente el mes de agosto es inhábil para la mayor parte de actuaciones judiciales  tal y como determina la Ley Orgánica del Poder Judicial, en su art. 183:

“Serán inhábiles los días del mes de agosto para todas las actuaciones judiciales, excepto las que se declaren urgentes por las leyes procesales. No obstante, el Consejo General del Poder Judicial, mediante reglamento, podrá habilitarlos a efectos de otras actuaciones.”

Se pretendería acudir a este mecanismo extraordinario, ciertamente, previsto en la ley para habilitar el mes de agosto…a los efectos que consideraran oportunos. Ni que decir tiene que la medida, de adoptarse, sería otra dentellada al siempre maltrecho derecho a la conciliación que casi siempre se ignora si se refiere la misma a abogados y procuradores. Agosto es el único momento del año en que, más o menos, esos profesionales podemos dedicar tiempo de más calidad a los nuestros…o invertirlo en lo que cada cual quiera sin tener que estar pendiente de las veleidades, “dicho sea con el debido respeto y en términos de estricta defensa”, de nuestros Juzgados y Tribunales. Tener que interrumpir esas vacaciones , dos, tres, cuatro…o las veces que sea para atender señalamientos que deberían estar señalándose ahora es sencillamente lamentable. Como digo, es solo una posibilidad pero confío en que los respectivos colegios profesionales se movilicen para evitar que se materialice.

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